Recargos de emergencia por riesgo en el flete marítimo.


El 'Emergency Risk Surcharge' (Recargo de Emergencia por Riesgo) es una tarifa adicional que se puede aplicar en el transporte de carga, especialmente en el sector marítimo, durante situaciones excepcionales que representan riesgos o amenazas a la seguridad. Este recargo suele implementarse en respuesta a eventos imprevistos, como crisis de seguridad, desastres naturales, conflictos geopolíticos u otras circunstancias que aumenten los riesgos asociados con el transporte de mercancías.

El 'Emergency Risk Surcharge' (Recargo de Emergencia por Riesgo) se puede aplica en el transporte de carga, especialmente en el sector marítimo, durante situaciones excepcionales que representan riesgos o amenazas a la seguridad. Suele implementarse en respuesta a eventos imprevistos, como crisis de seguridad, desastres naturales, conflictos geopolíticos u otras circunstancias que aumenten los riesgos asociados con el transporte de mercancías.

Tipos de recargos

  1. 'Piracy Risk Surcharge' (Recargo por Riesgo de Piratería: Es una tarifa adicional que algunas compañías navieras pueden aplicar en determinadas rutas marítimas donde existe un riesgo significativo de piratería. Este recargo se implementa para compensar los costos adicionales asociados con medidas de seguridad adicionales que se toman para proteger la carga, la tripulación y la embarcación contra posibles amenazas de piratería.
  2. Recargo por Combustible (Bunker Adjustment Factor - BAF): Este recargo se aplica en situaciones de aumento significativo en los precios del combustible. Cuando hay crisis energéticas o fluctuaciones bruscas en los costos del combustible, las navieras pueden implementar este recargo para compensar los gastos adicionales.
  3. Recargo por Seguridad (War Risk Surcharge): En áreas geográficas identificadas como de alto riesgo debido a conflictos o amenazas de seguridad, se puede aplicar un recargo adicional. Este recargo busca cubrir los costos relacionados con medidas de seguridad especiales necesarias para garantizar la protección de la carga y la tripulación.
  4. Recargo por Emergencia Climática (Emergency Risk Surcharge): En casos de eventos climáticos extremos, como huracanes o tsunamis, las navieras pueden aplicar un recargo para compensar los riesgos y los posibles daños a la carga y a la infraestructura portuaria. Este recargo se activa en respuesta a situaciones de emergencia.
  5. Recargo por Congestión Portuaria (Port Congestion Surcharge): Cuando un puerto experimenta congestión debido a un volumen inusualmente alto de carga o a problemas operativos, las navieras pueden imponer este recargo. Busca compensar los costos adicionales y los posibles retrasos causados por la congestión portuaria.
  6. Recargo por Emergencia sanitarias-agroalimentarias (Pandemic Surcharge): En situaciones de pandemia, como la COVID-19, algunas navieras han implementado recargos para hacer frente a los costos asociados con medidas de salud y seguridad adicionales, así como para abordar la incertidumbre operativa durante períodos de crisis sanitaria.

Recuerda que la aplicación de estos recargos puede variar entre navieras y puede estar sujeta a cambios según las condiciones del mercado y las circunstancias específicas. Es crucial comunicarse directamente con la naviera o el agente de carga para obtener detalles precisos y actualizados sobre los recargos vigentes.

Félix Sánchez
Docente en logística y transporte
Asignatura: SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
Grado en Gestión logística. 

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